Resolución 2016: colocación de un semáforo de cuatro tiempos

Con las firmas del Intendente Municipal, Lic. Francisco Ignacio Osella y el Secretario de Gobierno, Dr. Marcelo Frattini, se aprueba la Resolución 2016, por la que queda promulgada la Ordenanza 2157.

Por medio de la Normativa promulgada, se establece la colocación de un Semáforo de cuatro tiempos en la intersección de Avenida Sarmiento y calle José María Soto.

TEXTO:

ORDENANZA N° 2.157

VISTO:

El expediente N° 3.164/21 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene Proyecto de Ordenanza sobre: “COLOCAR UN SEMAFORO en Avenida SARMIENTO Y JOSE MARÍA SOTO”. Y;

CONSIDERANDO:

La necesidad de ordenar el tránsito de la ciudad de Goya.

Que es un deber de la municipalidad brindar condiciones óptimas de circulación por las distintas arterias de la ciudad.

Que el Reglamento Municipal de Tránsito establece como principal fin la seguridad y luego fluidez del tránsito.

Que la Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece que es el Estado (en este caso el Municipio) quien debe garantizar la transitabilidad por las calles.

Que ya hay antecedentes de Ordenanzas que contemplan la colocación de semáforos y reductores de velocidad en distintos lugares de esta ciudad.

Que se fundamenta la colocación del semáforo ya que en esa zona se encuentra un supermercado importante y el corralón municipal, existiendo un constante movimiento de entrada y salida de vehículos y personas de todas las edades, trabajadores y aquellos que desarrollan algunas de las otras actividades de carga y descarga de mercaderías.

Que es preciso tomar medidas para evitar accidentes de tránsito en este lugar, dónde circulan vehículos de todo tipo de tamaño, de menor y gran porte.

Que desde este cuerpo debemos velar siempre por el bienestar de los ciudadanos y de aquellos que nos visitan.

Por todo ello;

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:

ARTÍCULO 1º: COLOCAR, un semáforo de cuatro tiempos en la intersección de Av. Sarmiento y calle José María Soto.

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal afectará las Partidas correspondientes para su implementación.

ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil veintiuno.

Dr. Gerardo Luís Urquijo, Secretario

Cr. Daniel Jacinto Ávalos, Presidente